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lunes, 21 de mayo de 2012

SEDE ELECTRÓNICA IMSERSO: Procedimientos y Servicios Electrónicos.

Fuente: IMSERSO

La sede electrónica del Imserso es la dirección electrónica puesta a disposición de la ciudadanía para la comunicación jurídica por medios electrónicos de la Entidad con los/las ciudadanos/as en aquellas materias que le competen. Por su parte a través de su registro electrónico se recepcionan y remiten solicitudes, escritos, documentación y comunicaciones relativas a los trámites y procedimientos competencia del Instituto, así como la emisión de los recibos necesarios para confirmar su recepción de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Para poder cumplimentar correctamente los formularios de solicitud en formato PDF, es imprescindible que tenga instalado en su ordenador el programa gratuito Acrobat Reader de AdobeAbre ventana nueva, necesariamente en su versión 9 o superior.

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Guías de orientación profesional para la valoración de la situación de dependencia. SAAD.

Fuente: SAAD

En cumplimento del Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre modificación del baremo de valoración de la situación de dependencia establecido en el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, adoptado con fecha 1 de junio de 2010 y publicado por Resolución de 29 de junio de 2010, de la Secretaría General de Política Social y Consumo (BOE 12/7/2010), el Imserso ha comenzado a elaborar unas Guías de orientación en la práctica profesional de la valoración reglamentaria de la situación de dependencia.

Estos documentos han sido elaborados en colaboración con el nivel asociativo representativo a nivel nacional en cada colectivo en cuestión, y revisados e informados por la Comisión Técnica de coordinación y seguimiento de la aplicación del Baremo de Valoración de la situación de Dependencia (CTVD), Órgano Técnico Colegiado del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

El objeto de las Guías desarrolladas es tratar de trasmitir conocimientos útiles para la comprensión de dichas condiciones de salud en el proceso de evaluación de la situación de dependencia y desarrollar orientaciones para facilitar la aplicación de dicho baremo de forma homogénea y eficiente en todas las Comunidades Autónomas así como servir de apoyo a la formación de los profesionales de los órganos de valoración.

jueves, 5 de enero de 2012

Aplazamiento de la aplicación de la Ley de Dependencia a las personas valoradas con Dependencia Moderada

Fuente: IMSERSO
El Boletín Oficial del Estado  ha publicado el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit públicoAbre nueva ventana; entre las medidas adoptadas para reducir el gasto la Disposición Final Decimocuarta aplaza hasta el 1 de enero de 2013 la aplicación de la Ley de Dependencia para las personas que sean valoradas en el Grado I de Dependencia Moderada, nivel 2, y a partir del 1 de enero de 2014 a quienes sean valoradas en el Grado I de Dependencia Moderada, nivel 1.

lunes, 5 de abril de 2010

Red de Servicios SAAD

Logo de la sección «Red de Servicios»

La Red de Servicios del SAAD ( Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) se conforma con las infraestructuras que al efecto disponen los centros públicos de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales, los centros de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y cuidado de las situaciones de dependencia, así como por los privados concertados debidamente acreditados.

La información que próximamente podrá consultarse a través de estas páginas, estará condicionada por la que en su momento puedan facilitar los distintos Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas, estando previsto que conforme se implante progresivamente el Sistema, se disponga de una mejor y más detallada y amplia información sobre la Red de Servicios del SAAD.

Enlaces relacionados

martes, 28 de abril de 2009

Estadísticas del SAAD

Se presenta una serie de tablas sobre sobre el estado de situación de la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

La fuente de los datos es el propio SAAD y están elaborados por el IMSERSO.

Ayuda Ayuda para la visualización de documentos

jueves, 23 de abril de 2009

Desarrollo e implantación territorial de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia

Autores: Barriga Martín, Luis; Brezmes Nieto, María Jesús; García Herrero, Gustavo; Ramírez Navarro, José Manuel
Fuente: 2009, : 40 p. Madrid.
Editor: Observatorio para el desarollo de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia (Observatorio Nacional de la Dependencia, ONDEP)

Nota: Dictamen del Observatorio de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia sobre el desarrollo de dicha Ley a enero de 2009

Descargar documento (pdf)

domingo, 4 de mayo de 2008

Documentos de Interés del SAAD


Documentos de interés
Esta sección recoge una serie de documentos destacados con las que comprender mejor el establecimiento en el Estado español de un Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia (SAAD).


No obstante tanto el Portal Mayores como el Servicio de información sobre Discapacidad disponen de secciones específicas, permanentemente actualizadas, sobre recursos e informaciones relacionadas con la autonomía personal y la atención a las personas eb situación de dependencia.


Documentos relacionados con la tramitación y desarrollo de la Ley de Dependencia
Un nuevo derecho acompaña a todos los españoles





Publicaciones IMSERSO














lunes, 28 de abril de 2008

Región de Murcia: Ley de Dependencia


Información básica de este documento:

Se facilitará información general desde el teléfono de atención al ciudadano 012.

Las solicitudes podrán ser presentadas en las Ventanillas Únicas, en los Centros de Servicios Sociales de la Región, y en los Registros del IMAS (situados en Murcia, en la calle Alonso Espejo, 7 y en Ronda de Levante, 16, esq. Plaza Juan XXII; y en Cartagena, Alameda de San Antón, 29), así como en el resto de registros previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

¿Qué documentación será necesaria?

La documentación necesaria incluye: solicitud cumplimentada y fotocopia del DNI, así como un informe de salud. En tanto se constituyan unidades sanitarias específicas para la valoración de la dependencia en las diferentes áreas de salud, será suficiente con aportar los informes médicos de que disponga el solicitante y que acrediten la situación de dependencia. Las personas con valoración del grado de minusvalía de más del 75% y, al menos, 45 puntos de ayuda a tercera persona, estarán exentos de aportar informe médico.

Clasificación de la dependencia contemplada en la nueva ley:

La Ley clasifica la dependencia en tres grados, cada uno de ellos con dos niveles. Son los siguientes:

  • Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  • Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  • Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

Baremo según Real Decreto 504/2007

Información General

Preguntas Frecuentes

Legislación relacionada

Publicaciones relacionadas

Plan de acción social para las personas mayore


miércoles, 23 de abril de 2008

Desarrollo LAAD (Ley Dependencia) en Galicia

LEXISLATIVO

Despois do proceso de consulta e debate que abriu a Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar, no mes de xullo con motivo da elaboración da Nova Lei de Servizos Sociais de Galiza, xa está dispoñible o texto do borrador do anteproxecto da lei que iniciará o trámite lexislativo.

Durante o proceso de debate da lei, que estimulou e serviu de reflexión e consulta á sociedade galega, recolléronse as aportacións e recomendacións ao Documento de Bases, co obxectivo de enriquecer e reflexar as necesidades da sociedade na nova lei de servizos sociais.

Deste modo, unha vez recopiladas e analizadas todas as aportacións dos diferentes colectivos, asociacións e entidades, empresas, administracións e persoas físicas, aos que a Vicepresidencia agradece a súa participación, plasmáronse no presente texto do Anteproxecto da Lei de Servizos Sociais, tratando de asumir o maior número delas e buscando o consenso entre aquelas solucións diverxentes, co obxecto de conseguir una lei que configure un novo sistema galego de servizos sociais.

DESCARGAS DO BORRADOR E OUTRA DOCUMENTACIÓN DE APOIO

Texto do Anteproxecto da Lei de Servizos Sociais de Galiza. (Texto e audio)
(prema sobre as imaxes para elixir a descarga ou consulte a sección Documento de Bases)
Descargas textoDescargas audio
mailto:info@benestargaliza.org
Secretaría Xeral do Benestar
Edificios Administrativos - San Caetano, s/n
15704 Santiago de Compostela


* Consulta as distintas ordes dispoñibles recentemente:

Orde que regula as instalacións xuvenís dependentes da Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar. (PDF: 93 Kb)

Orde que regula a oferta de prazas xuvenís do programa Campaña Verán-2008 e procede a súa convocatoria. (PDF: 183 Kb)

Orde que regula as bases polas que se rexerá a concesión de subvencións destinadas á prestación de servizos sociais polas corporacións locais e se procede a súa convocatoria. (PDF: 360 Kb)

* Recoñecemento da situación de usuario/a do servizo galego de apoio á mobilidade.

A continuación poderá descargar a documentación informativa do Servizo de Apoio á Mobilidade así como a solicitude de recoñecemento de usuario/a do Servizo Galego de Apoio á Mobilidade. Nestes intres atópase na 1ª fase (consultar os concellos onde se vai a implantar)

Presentación informativa do Servizo Galego de Apoio á Mobilidade Persoal. (PDF: 1.18 Mb)

Decreto polo que se regula o Servizo Galego de Apoio á Mobilidade Persoal para as persoas con discapacidade e/ou dependentes. (PDF: 55 Kb)

Anexo de solicitude ao Decreto de Apoio á Mobilidade Persoal. (PDF: 100 Kb)

Informe de recoñecemento da persoa usuaria do Servizo Galego de Apoio á Mobilidade Persoal. (DOC: 24 Kb)

Relación dos concellos onde se pon en funcionamento o Servizo Galego de Apoio a Mobilidade Persoal. 1ª F

Fuente: Xunta de Galicia

domingo, 20 de abril de 2008

Participación en el proceso de elaboración del Plan Estratégico de Servicios Sociales de Navarra



  • DEPARTAMENTO Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte
  • OBJETO

    Dar a conocer el proceso de elaboración del Plan Estratégico de Servicios Sociales, para promover y garantizar la participación de las personas, grupos y entidades representativas del sector y de la ciudadanía en general.

    El Plan Estratégico de Servicios Sociales ha de ordenar y priorizar las medidas, acciones y servicios evitando con ello los desequilibrios territoriales y logrando de esta forma los objetivos de las políticas de servicios sociales (Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de servicios sociales).

  • DESTINATARIOS
    • Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte y otros Departamentos del Gobierno de Navarra.
    • Federación Navarra de Municipios y Concejos
    • Servicios Sociales de Atención Primaria
    • Consejo Navarro de Bienestar Social
    • Consejo Navarro del Mayor
    • Colegios Profesionales y Universidades
    • Entidades

    • Sindicatos y Empresarios
    • Toda la ciudadanía
  • DOCUMENTACIÓN

    1.- La_Planificación Estratégica: Documento Informativo.
    2.- El Proceso de Elaboración y sus Fases. Fase Previa: Iniciar y Acordar el Proceso de Planificación.
    3.- Definicion de Visión y Misión
    4.- Diagnóstico estratégico
    5.- Líneas estratégicas

  • PLAZO DE PRESENTACIÓN Plazo abierto del 14 de marzo al 25 de abril de 2008
  • TRAMITACIÓN

    5. PROPUESTAS DE ACTUACIÓN: LÍNEAS ESTRATÉGICAS:
    Recogida de propuestas de actuación para las líneas establecidas en el diagnóstico estratégico.

  • NORMATIVA Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales (BON 152, de 20 de enero de 2006).
  • Contacte con nosotros Servicio de Planificación e Infraestructuras
Fuente: Gobierno de Navarra

jueves, 17 de abril de 2008

Desarrollo LAAD por Comunidades Autónomas.

Ley de Dependencia en Cataluña

Lei de Dependencia en Galicia

Ley de Dependencia en Valencia

Ley de Dependencia en Canarias

Ley de Dependencia en Extremadura

Ley de Dependencia en Cantabria

Ley de Dependencia en La Rioja

Ley de Dependencia en Aragón

Ley de Dependencia en Baleares

Ley de Dependencia en Castilla la Mancha

Ley de Dependencia en Madrid

Ley de Dependencia en Navarra

Ley de Dependencia en Castilla y León

Ley de Dependencia en País Vasco

Ley de Dependencia en Andalucía

Ley de Dependencia en Asturias

Ley de Dependencia en Melilla

Ley de Dependencia en Ceuta

Ley de Dependencia en Murcia

Guía de Prestaciones para Personas Mayores, Personas con Discapacidad y persoonas en situación de Dependencia

Fuente: infoelder.com

Calculadora del grado de dependencia en infoelder.com

NOTA:

Esta herramienta es meramente orientativa y no debemos darle más valor de la que tiene.

Hay que tener en cuenta que la valoración utilizada se barajan pocos ítems y sólo existen tres posibilidades de respuesta. No se tiene en cuenta la edad del paciente, ni el tipo de dependencia que presenta solo discrepa entre si padece o no enfermedad mental o discapacidad intelectual.

Todavía no entiendo muy bien porque podemos elegir, antes de hacer su cálculo, la Comunidad Autónoma a la que pertenece el paciente, si tenemos en cuenta que la herramienta verdadera de valoración (BVD) es el mismo en todo el territorio nacional. Fuera como fuere, los resultados de esta “calculadora” sólo hablan del grado de dependencia, pero no pueden delimitar los niveles, por lo que a mi parecer, no debe tomarse como válida.


viernes, 11 de abril de 2008

Normativa sobre centros residenciales de personas mayores. Junta de Andalucia.

Autores: Junta de Andalucía
Fuente: 2008, : 78 p.
Editor: Junta de Andalucía
Lugar: Sevilla

Nota: Recopilación normativa que desarrolla a nivel autonómico la puesta en marcha del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
versión pdf, 426 p. [En Español]

martes, 8 de abril de 2008

V Convenio Dependencia- Publicación Oficial BOE



Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE 79 de 1/4/2008)

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal.

Rango: Resolución

Páginas: 18281 - 18305

Referencia: 2008/05925

lunes, 31 de marzo de 2008

Versión definitiva del V Convenio de Dependencia

V Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal. Facilitado por CCOO [sanidad]

Tras diversas actitudes dilatorias, el V Convenio, sólo está pendiente del visto bueno de la Dirección General de Trabajo

Archivo PDF

V Convenio de la Dependencia

Archivo PDF

Acta Comisión de Formación

Archivo PDF

Reglamento Comisión de Formación

Archivo PDF

Acta Comisión Seguridad y Salud Laboral

Archivo PDF

Reglamento Comisión Seguridad y Salud Laboral

Archivo PDF

Acta Comisión de Igualdad

Archivo PDF

Reglamento Comisión de Igualdad

Archivo PDF

Tablas Salariales 2008



Intervención de Luis Álvarez (Federación de Servicios Sanitarios y Sociosanitarios de CCOO) sobre el V Convenio de la Dependencia tras las X Jornadas sobre la Dependencia del Grupo Júbilo:


Archivo PDF Documento de la intervención de Luis Alvarez CCOO
Archivo PDF Estadistica Gerocultor IPC


martes, 25 de marzo de 2008

Xunta de Galicia. Documentación en relación con dependencia.

Dependencia

Decreto 195/2007, do 13 de setembro, polo que se regula o Servizo Galego de Apoio á Mobilidade Persoal para persoas con discapacidade e/ou dependentes.

Descargar Decreto
Descargar modelo de solicitude
Descargar información
Relación de concellos onde se pon en funcionamento o Servizo Galego de Apoio á Mobilidade Persoal. 1ª fase
Decargar informe

Programa de teleasistencia da Comunidade Autónoma Galega.

Descargar modelo de solicitude Descargar informe social Descargar informe de saúde

Decreto 176/2007, do 6 de setembro, polo que se regula o procedemento para o recoñecemento da situación de dependencia e do dereito ás prestacións do sistema para a autonomía e atención á dependencia na Comunidade Autónoma de Galicia.

Descargar Decreto
Descargar Solicitude de Valoración
Descargar Informe de Saúde (menores de tres anos)
Descargar Informe de Saúde (maiores de tres anos)
Declaración de gardador de feito
Descargar informe social

Quinto borrador da Guía da dependencia.

Descargar pdf

Spot Sistema Galego de Atención á Dependencia

Descargar vídeo

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Descargar pdf

REAL DECRETO 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Descargar pdf

REAL DECRETO 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Descargar pdf

REAL DECRETO 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.

Descargar pdf

REAL DECRETO 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado.

Descargar pdf

Mapa comarcal dos puntos de entrega de solicitudes de valoración do Sistema Galego de Atención á Dependencia.

Descargar pdf

Mapa comarcal dos puntos de entrega de solicitudes de valoración do Sistema Galego de Atención á Dependencia. Mapas detallados por provincia.

A Coruña Lugo Ourense Pontevedra

Tríptico de información sobre a dependencia. Exterior.

Descargar pdf

Tríptico de información sobre a dependencia. Interior.

Descargar pdf

Itinerarios dos autobuses.

Descargar pdf

Atención a la Dependencia. Madrid: Normativa Reguladora


Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

(BOE 15 de diciembre de 2006)

Desde aquí puede consultarse toda la Ley. Si lo prefiere, también puede descargar el documento completo en PDF, tanto en castellano (156 k) como en inglés (586,7 KB).

  1. Exposición de motivos
  2. Título preliminar. Disposiciones generales
    1. Artículo 1. Objeto de la Ley.
    2. Artículo 2. Definiciones.
    3. Artículo 3. Principios de la Ley.
    4. Artículo 4. Derechos y obligaciones de las personas en situación de dependencia.
    5. Artículo 5. Titulares de derechos.
  3. Título I. El sistema para la autonomía y la atención de la dependencia
    1. Capítulo I. Configuración del sistema
      1. Artículo 6. Finalidad del Sistema.
      2. Artículo 7. Niveles de protección del Sistema.
      3. Artículo 8. Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
      4. Artículo 9. Participación de la Administración General del Estado.
      5. Artículo 10. Cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.
      6. Artículo 11. Participación de las Comunidades Autónomas en el Sistema.
      7. Artículo 12. Participación de las Entidades Locales.
    2. Capítulo II. Prestaciones y catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
      1. Sección I: Prestaciones del sistema
        1. Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de dependencia.
        2. Artículo 14. Prestaciones de atención a la dependencia.
        3. Artículo 15. Catálogo de servicios.
        4. Artículo 16. Red de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
        5. Sección II: Prestaciones económicas
        6. Artículo 17. Prestación económica vinculada al servicio.
        7. Artículo 18. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
        8. Artículo 19. Prestación económica de asistencia personal.
        9. Artículo 20. Cuantía de las prestaciones económicas.
        10. Sección III: Servicios de promoción de la autonomía personal y de atención y cuidado
        11. Artículo 21. Prevención de las situaciones de dependencia.
        12. Artículo 22. Servicio de Teleasistencia.
        13. Artículo 23. Servicio de Ayuda a Domicilio.
        14. Artículo 24. Servicio de Centro de Día y de Noche.
        15. Artículo 25. Servicio de Atención residencial.
    3. Capítulo III. La dependencia y su valoración
      1. Artículo 26. Grados de dependencia.
      2. Artículo 27. Valoración de la situación de dependencia.
    4. Capítulo IV. Reconocimiento del derecho
      1. Artículo 28. Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema.
      2. Artículo 29. Programa Individual de Atención.
      3. Artículo 30. Revisión del grado o nivel de dependencia y de la prestación reconocida.
      4. Artículo 31. Prestaciones de análoga naturaleza y finalidad.
    5. Capítulo V. Financiación del Sistema y aportación de los beneficiarios
      1. Artículo 32. Financiación del Sistema por las Administraciones Públicas.
      2. Artículo 33. La participación de los beneficiarios en el coste de las prestaciones.
  4. Título II. La calidad y eficacia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
    1. Capítulo I. Medidas para garantizar la calidad del Sistema
      1. Artículo 34. Calidad en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
      2. Artículo 35. Calidad en la prestación de los servicios.
    2. Capítulo II. Formación en materia de dependencia
      1. Artículo 36. Formación y cualificación de profesionales y cuidadores.
    3. Capítulo III. Sistema de información
      1. Artículo 37. Sistema de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.Artículo 38. Red de comunicaciones.
    4. Capítulo IV. Actuación contra el fraude
      1. Artículo 39. Acción administrativa contra el fraude.
    5. Capítulo V. Órganos consultivos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
      1. Artículo 40. Comité Consultivo.
      2. Artículo 41. Órganos consultivos.
  5. Título III. Infracciones y sanciones.
    1. Artículo 42. Responsables.
    2. Artículo 43. Infracciones.
    3. Artículo 44. Clasificación de las infracciones.
    4. Artículo 45. Sanciones.
    5. Artículo 46. Prescripción.
    6. Artículo 47. Competencias.
  6. Disposiciones Adicionales
  7. Disposiciones Transitorias
  8. Disposiciones Finales