Servicios Sociales ha adecuado el sistema de acceso a residencias de mayores al Sistema Riojano de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia y a la Ley de Dependencia. Como principal novedad, incluye la figura de la estancia temporal nocturna.
La consejera de Servicios Sociales de La Rioja, Sagrario Loza, presentó ayer la norma, que sustituirá a la del 2001, y que regula "aspectos no- vedosos y adecuados a la nueva realidad planteada por la dependencia", señaló.
La norma clasifica las plazas como plazas para personas mayores que tengan reconocido el grado de gran dependencia; plazas para personas mayores con dependencia severa y plazas para personas mayores con dependencia moderada.
La nueva clasificación responde a la clasificación por grado y nivel de dependencia establecida en la Ley 39/2006 de Dependencia: Gran dependencia (Grado III, Niveles 1 y 2); Dependencia severa (Grado II, Nivellesly 2) y Dependencia Moderada (Grado I, Niveles ly 2).
El texto define como `Servicio de Atención Residencial' aquél dirigido a ofrecer una atención integral y continuada, de carácter asistencial, personal, social, teniendo en cuenta la condición de persona dependiente, y la naturaleza de la dependencia, grado y nivel de la misma, e intensidad de los cuidados que precisa.
Se especifica que podrá tener un carácter permanente cuando sea necesario prestar el servicio por un periodo de tiempo superior a tres meses, o temporal, en el caso de un periodo de tiempo inferior a tres meses.
Otra importante novedad que presenta el Decreto aunque deja su regulación para posteriores reglamentos es la creación de las 'estancias temporales nocturnas' en los centros residenciales.
Fuente: ADN.es
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