[Artículo 18 de la normativa general de becas y ayudas]
Información general
Estas ayudas van dirigidas a aquellos estudiantes de la Universidad de Zaragoza que tengan una minusvalía igual o superior al 33%, menoscabo total del habla o pérdida de audición de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
El Jurado de selección de Becarios, dentro de los créditos presupuestarios y según las circunstancias acreditadas por el solicitante en cada caso, podrá conceder la prestación de ayudas, directas o indirectas, tendentes a dotar a los estudiantes con necesidades especiales de los medios y apoyos necesarios para el normal desarrollo de su vida académica. Para adoptar su resolución, solicitará, con carácter preceptivo, informe del Servicio de ergonomía de la Universidad de Zaragoza.
NOTA: Además de las ayudas indicadas anteriormente, los estudiantes con una minusvalía igual o superior al 33% tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario [Art. 11 Decreto de precios públicos 2008-2009]
Convocatoria
La convocatoria permanece abierta durante todo el curso académico.
Las solicitudes se dirigirán, acompañadas de la documentación acreditativa de la minusvalía emitida por el órgano competente, al Vicerrector de Estudiantes y Empleo a través del registro general de la Universidad o de cualquiera de los registros auxiliares de los centros universitarios.
Incompatibilidades
Estas ayudas tienen carácter complementario y por lo tanto son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad y por los mismos conceptos.
Más información en
Sección de Becas
Planta baja del edificio Interfacultades
Campus de plaza San Francisco
C/ Pedro Cerbuna, 12
50009 - Zaragoza
00 34 976 761046
becas@unizar.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario