lunes, 17 de marzo de 2008

Ayudas de la acción estratégica en Salud, en el Marco del Plan Nacional de I+D+I 2008-20011. Ministerio de Sanidad y Consumo

EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO aprobó la RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2008, del Instituto de Salud «Carlos III», por la que se publica la convocatoria correspondiente al año 2008 de concesión de ayudas de la Acción Estratégica en Salud, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011. (BOE núm. 65 de fecha 15 de marzo de 2008)


OBJETO

1. El objeto de la presente resolución es regular la convocatoria, correspondiente a 2008, para la concesión de ayudas contempladas en la AES del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011 y en la Ley de Investigación Biomédica, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, salvo previsión en contra establecida en los correspondientes subprogramas o modalidades.

2. Al subprograma de Acciones en Salud, deporte y actividad física de la línea de Actuaciones complementarias de refuerzo, le será de aplicación exclusivamente lo establecido en la Sección 3.ª del Capítulo VI de esta convocatoria y los apartados 1.º, 2.º, 3.º, 4.º y 6.º 1. de este Capítulo.Apartado 2.º

Líneas de investigación prioritarias.

1. Con carácter general, las ayudas reguladas en esta convocatoria deberán enmarcarse en las líneas y sublíneas prioritarias establecidas en la AES que se enuncian a continuación, sin perjuicio de las áreas temáticas prioritarias que se señalen con carácter específico en los subprogramas o modalidades de esta resolución:

Línea 1: Tecnologías moleculares y celulares de aplicación a la salud humana. Contempla las tecnologías y herramientas necesarias para generar nuevo conocimiento y su transferencia a la práctica clínica en el área de la salud.Sublíneas:Investigación biológica integrativa y de sistemas.Predicción, diagnóstico y seguimiento de enfermedades y monitorización de la respuesta terapéutica.Prevención, desarrollo de nuevos fármacos y terapias innovadoras.

Línea 2. Investigación traslacional sobre la salud humana. Se centra en el conocimiento de los mecanismos implicados en las enfermedades y en su transferencia a las aplicaciones clínicas. En este apartado se establecen prioridades en torno a problemas de salud y tratamiento de aquellos grupos de entidades cuyo interés social y sanitario es más relevante, teniendo en cuenta los estudios de carga de enfermedad y de equidad personal.Sublíneas:Cerebro, Enfermedades Neurológicas y Mentales.Desarrollo Humano y Envejecimiento.Enfermedades Infecciosas.Cáncer.Enfermedades Cardiovasculares.Diabetes y Obesidad.Enfermedades Raras.Enfermedades Respiratorias.Enfermedades del Aparato Locomotor y Tejido Conectivo.Enfermedades Crónicas e Inflamatorias.

Línea 3. Fomento de la investigación en Salud Pública, Salud Ambiental y Salud Laboral y Dependencia y Servicios de Salud, para la mejor calidad de vida funcional de la población española. Se focaliza en nuevos métodos de investigación y generación de las bases científicas necesarias para sustentar las políticas y la toma de decisiones en el SNS. Todo ello sobre la base de estrategias basadas en la evidencia científica más efectivas y eficientes de promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación.Sublíneas:Transferencia de los resultados de la investigación clínica a la práctica clínica.Calidad, eficiencia, sostenibilidad y solidaridad del Sistema Nacional de Salud.Salud Pública.Salud Laboral.Salud Ambiental.Dependencia (asociada o no a estilos de vida o discapacidad psíquica y/o física).

Línea 4. Fomento de la investigación farmacéutica en medicamentos y desarrollo de tecnologías farmacéuticas. Investigación, Desarrollo e Innovación en fármacos para el tratamiento de las enfermedades más relevantes.

Línea 5. El SNS como plataforma de desarrollo de investigación científica y técnica con el entorno industrial y tecnológico. Trata de potenciar las interfases entre SNS e industria para la resolución de preguntas que requieren la generación de conocimiento tecnológico. En particular deben fomentarse dispositivos específicos de transferencia de conocimiento y tecnología en centros avanzados del SNS con instrumentos destinados a la detección y a la valoración de aquellos conocimientos aplicables que sean potencialmente comercializables, ya sea incorporados como nuevas innovaciones en industrias existentes o como candidatos a la creación de nuevo tejido empresarial.


BENEFICIARIOS

1. Los definidos en el apartado correspondiente de cada subprograma o modalidad donde se describen las ayudas reguladas en la presente resolución.

2. Los beneficiarios no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido en los puntos 3 y 4 del artículo 5 de la Orden de bases.

3. Con carácter general, los requisitos necesarios para concurrir a esta convocatoria o los méritos que se aporten a la misma, para que sean tomados en consideración, se deberán haber obtenido como fecha límite en la que coincida con la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Igualmente, el plazo para acreditarlos finalizará con el que se establezca para subsanar la documentación de las solicitudes recibidas.Excepcionalmente, la obtención y/o la acreditación de determinados requisitos se podrá realizar en un momento del procedimiento distinto al señalado, circunstancia que figura expresamente señalada en las disposiciones específicas de los subprogramas o modalidades correspondientes.

4. Los beneficiarios deberán acreditar, mediante presentación de certificación ante el órgano concedente de la subvención y con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.No obstante, quedarán exentas las instituciones sanitarias, centros de investigación y entidades sin ánimo de lucro de conformidad con las resoluciones de 3 de febrero de 2004 y 29 de marzo de 2006 del Departamento de Recaudación de la Agencia Tributaria.

5. Los beneficiarios de las ayudas reguladas en esta Resolución están exonerados de la constitución de garantías, salvo previsión expresa en contrario establecida en los subprogramas o modalidades correspondientes.


FINANCIACIÓN

1. La financiación de las ayudas y su cuantía estimada se detalla en los subprogramas o modalidades correspondientes, imputándose al presupuesto de gastos del órgano concedente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 10.1 de la Orden de bases, para el año 2008 y el resto de los ejercicios durante los cuales se perciban las ayudas, estando supeditadas a las disponibilidades existentes en las partidas correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado, todo ello dentro de los límites fijados en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria.

2. Los importes que se señalan en cada subprograma o modalidad podrán ser complementados con otros créditos que se puedan reasignar, transferir o generar con posterioridad a la entrada en vigor de la presente resolución. El posible incremento del montante de la financiación destinada a la convocatoria no implicará en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

3. Los subprogramas o modalidades cofinanciados con FEDER se señalan, en su caso, en las disposiciones de los mismos. La relación de las ayudas cofinanciadas se publicarán de acuerdo a lo previsto en el artículo 7, apartado 2 letra d) del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria en cada caso será la siguiente:

Subprogramas de Formación y Movilidad:
Modalidad PFIS: 17 de marzo a 7 de abril, ambos inclusive.
Modalidad FGIN: 17 de marzo a 7 de abril, ambos inclusive.
Modalidad Contratos Río Hortega: 2 a 30 de junio, ambos inclusive.
Modalidad BAE: 17 de marzo a 7 de abril, ambos inclusive.

Subprograma de Contratación e Incorporación:

Modalidad Contratos Sara Borrell: 17 de marzo a 7 de abril, ambos inclusive.
Modalidad Contratos Miguel Servet: 2 a 30 de junio, ambos inclusive.
Modalidad Ayudas Salk: 1 a 30 de septiembre, ambos inclusive.
Modalidad Contratos de Apoyo a la Investigación SNS: 2 a 30 de junio, ambos inclusive.

Subprograma de Proyectos de investigación (PI) en salud: 25 de marzo a 24 de abril, ambos inclusive.

Subprograma de PI clínica no comercial: 31 de marzo a 30 de abril ambos inclusive.

Subprograma de PI de evaluación de tecnologías sanitarias e investigación en servicios de salud: 7 de abril a 6 de mayo ambos inclusive.

Subprograma de Infraestructuras científico-tecnológicas para centros del Sistema Nacional de Salud: 15 de abril a 12 de junio ambos inclusive.Subprograma de RETICS: 25 de marzo a 28 de abril ambos inclusive.

Subprograma CIBER: 25 de marzo a 28 de abril ambos inclusive.Subprograma CAIBER: 17 de marzo a 11 de abril, ambos inclusive.

Subprograma de Acciones de dinamización del entorno investigador y tecnológico del SNS: 15 de abril a 9 de septiembre ambos inclusive.Subprograma de Acciones de formación en medicina basada en la evidencia y en evaluación de tecnologías sanitarias: 5 de mayo a 31 de mayo ambos inclusive.

Subprograma de Acciones en Salud, deporte y actividad física: 14 de abril a 13 de mayo ambos inclusive.


En el caso de los Proyectos, de forma excepcional, se podrán presentar solicitudes, en idioma español o inglés, al amparo del Espacio Europeo de Investigación, o enmarcados en el mismo, o de agencias de programas internacionales, a lo largo del ejercicio 2008, dado que los plazos de tramitación de las ayudas en estos casos no coinciden con el plazo fijado en esta convocatoria. La financiación de estos proyectos estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes.

DOCUMENTOS INFORMATIVOS

Texto completo de la convocatoria

No hay comentarios: